La retención en la fuente es una figura mediante la cual el gobierno nacional asegura un anticipo mes a mes un valor de la declaración de renta de cada sujeto pasivo, es importante primero aclarar algunos conceptos básicos de la declaración de renta; el agente retenedor es la persona que efectúa la retención en la fuente, el sujeto pasivo es la persona a la cual se le practica la retención en la fuente, el pago o abono en cuenta es el valor pagado al sujeto pasivo por algún tipo de concepto.
Todo lo referente a la retención en la fuente se encuentra dispuesto en el título II del estatuto tributario, para poder practicar retención en la fuente a título de renta usted debe tener esta responsabilidad en su RUT, todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, las uniones temporales y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, tienen dicha responsabilidad.
Tenga en cuenta que el gobierno año a año establece tarifas y bases para practicar dicha retención en la fuente, dichas bases de retención en la fuente se miden en UVT (unidad de valor tributario) el cual es modificado con la inflación.
Calculo de retención en la fuente:
- Verifique la calidad del sujeto pasivo de la retención en la fuente. (Si usted es persona jurídica no debe retenerles a los grandes contribuyentes ni a los auto retenedores).
- Determine el pago o abono en cuenta el cual será base para la retención en la fuente, las más frecuentes son: Honorarios 11% y 10%, servicios 4% y 6%, compras 2,5% y 3.5%, arrendamientos 3.5% y 4%.
- La base de retención en la fuente siempre será el valor antes de IVA y de valores por concepto de excepción en renta.
Por ejemplo, si usted realiza una compra por valor de $1.000.000 antes de iva la base de retención en la fuente serán dichos $1.000.000 para este ejemplo el porcentaje de retención es del 2,5%, es decir la retención en la fuente que debe practicar será de $25.000 (la base para compras es de $895.000)
La retención en la fuente se debe declarar de forma mensual en el formulario 350, si usted no practico retención en la fuente no tiene la obligación de diligenciar el formulario.
Para liquidar el impuesto de retención en la fuente a título de renta debe ingresar a la página de la Dian en la sección de portal transaccional por la opción de usuarios registrados. Ingrese con los datos solicitados.
Por la pestaña menú seleccione la opción de Diligenciar y presentar o en la pantalla principal en mis actividades seleccione en la parte de próximos vencimientos cualquiera de las opciones de impuestos, luego de este paso se le cargaran todos los formularios de impuestos, seleccione el formato 350.
Dentro de dicho formato la parte de retención en la fuente a título de renta esta entre las casillas 27 a 41, en la parte de base debe digitar la base a la cual usted le practico retención en la fuente, en la parte Retenciones a título de renta debe digitar el valor retenido.
Si desea adquirir el formato de retención en la fuente en Excel por favor diligencie sus datos y se lo haremos llegar al correo.
Para mayor información o asesoría personalizada en la liquidación de retención en la fuente a título de renta contáctenos.
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